Facturación electrónica

ABC del documento soporte en compras con no obligados a facturar

Te brindamos información precisa para que tengas claridad acerca de este documento


Te brindamos información precisa para que tengas claridad acerca de este documento, recuerda que ya existe, la novedad es que ahora será electrónico y cumpliendo con algunas condiciones establecidas por la DIAN, deberá implementarse a partir del próximo 2 de mayo.

¿Qué es?

Es el documento que las empresas usan para acreditar la compra de un bien o servicio, y que se debe generar, si se es facturador electrónico, cuando se realizan transacciones por compras de bienes o prestación de servicios con un proveedor que no está obligado a expedir factura de venta o documento equivalente.

¿Para qué?

Este documento soporte trae ciertos beneficios para las empresas. Además de desmaterializar las compras fiscales, mantener actualizada la información de costos, deducciones e impuestos reportados a la DIAN, las organizaciones podrán acceder a nuevos servicios electrónicos como devoluciones automáticas y declaraciones sugeridas, además de usar el costo o la deducción en la declaración de renta.

Requisitos

 

Despliega y conoce las estipulaciones

1. Estar denominado expresamente como "Documento Soporte en Adquisiciones efectuados a no obligados a facturar" .

2. Tener la fecha de la operación que debe corresponder a la fecha de generación del documento. 3. Contener los apellidos y nombre o razón social y Número de Identificación Tributaria (NIT) del vendedor o de quien presta el servicio. De ser contratos suscritos con no residentes fiscales en Colombia, no inscritos en el Registro Único Tributario -RUT, el requisito del Número de Identificación Tributaria NIT, será la identificación otorgada en el país de origen del no residente.

4. Contener los apellidos y nombre o razón social y Número de Identificación Tributaria -NIT del adquiriente.

5. Llevar el número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de documento soporte incluyendo el número, rango y vigencia autorizado por la DIAN.

6. Tener la descripción específica del bien o del servicio prestado.

7. Detallar el valor total de la operación.

8. Incluir la firma del emisor del documento soporte al momento de la generación, de acuerdo con las normas vigentes y con la política de firma que establezca la DIAN

9. Utilizar el formato electrónico de generación que establezca la DIAN.

10. El Código único de documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente- CUDS.

 

Si estás trabajando en esta implementación y tiene dudas al respecto, no dudes en contactarnos, estamos listos para asesorarte. Recuerda que el plazo máximo de implementación es hasta el próximo 2 de mayo.

 
 

Similar posts